El gobierno provincial extendió por 180 días la vigencia del régimen de regularización establecido por la Legislatura santafesina y cuyo vencimiento se produjo el 31 de julio pasado. Se trata de la norma que tiene como objetivo uniformar la regulación provincial con los lineamientos establecidos a nivel nacional por el Régimen de Regularización Impositiva, Promoción y Protección del Empleo Registrado, Exteriorización y Repatriación de Capitales.

La normativa provincial busca estimular el “blanqueo laboral exclusivamente”, exonerando a los empleadores que decidan adherirse de las sanciones de las que hubieran sido objeto por relaciones laborales no registradas o registradas deficientemente.

Beneficios

Quedarán comprendidos en el nuevo régimen los empleadores que registren correctamente a sus trabajadores, rectifiquen la real remuneración o la real fecha de inicio de las relaciones laborales existentes al 24 de diciembre de 2008 inclusive.

Los beneficios para el empleador serán la liberación total y absoluta de las multas y sanciones correspondientes a dicha regularización –impuestas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la provincia– que no se encuentren firmes y que no hayan sido pagadas o cumplidas.

La ley define además que la liberación de las infracciones se aplicará en aquellas empresas “que hayan regularizado a la totalidad de los trabajadores” comprendidos en dicho incumplimiento.

Requisitos

Los empleadores podrán acceder a los beneficios cumplimentando los siguientes requisitos: que en el expediente originario de la solicitud de adhesión se hayan constatado trabajadores no registrados; que dichos trabajadores hayan sido regularizados o se proceda a su regularización; que las relaciones laborales regularizadas hayan existido al 24 de diciembre de 2008; que se hayan regularizado la totalidad de los trabajadores no registrados constatados en el acta que dio origen a las actuaciones; que el expediente se encuentre en trámite (en cualquier etapa) o con acta infracción; y que, de existir multas, las mismas no se encuentren firmes y no hayan sido pagadas.

Para acceder a los beneficios del nuevo régimen, los empleadores podrán obtener información sobre los trámites a realizar y los formularios a presentar ingresando a www.santafe.gov.ar, sitio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. 

Consultas

Ante cualquier duda, los interesados podrán dirigirse a las Direcciones Regionales del Ministerio de Trabajo de la provincia: en Rosario, Ovidio Lagos y San Lorenzo, teléfono (0341) 4724148; en Santa Fe, Crespo 2239, teléfono (0342) 4573177. En ambos casos, en el horario de atención de 7 a 14.