El Poder Ejecutivo reglamentó la ley que permite la incorporación de medicamentos a base de Cannabis en el Formulario Terapéutico provincial. Según el texto del decreto Nº 820 del pasado 20 de abril, se considerarán para la inclusión “aquellos preparados que estén orientados al tratamiento de las patologías citadas en la ley y hayan comprobado efectividad terapéutica y una adecuada relación de riesgos y beneficios para los pacientes”.

En noviembre de 2016 la Legislatura provincial convirtió en ley el uso medicinal del cannabis que contempla el uso del aceite a base de marihuana para tratamientos que considere el Ministerio de Salud. 

La norma especifica que los estudios relacionados con el uso del medicamento “deberán ser dirigidos para su evaluación integral por el Comité Provincial de bioética de la Investigación” y que serán “los organismos públicos pertinentes en todo el territorio provincial” quienes promuevan el desarrollo y producción de preparados medicinales de Cannabis.

El Ministerio de Salud será la autoridad de aplicación. Allí se creará una Comisión Reguladora, como “organismo especial de asistencia técnica y operativa” integrada por un representante de las Secretarías de Gestión Territorial del Primero, Segundo y Tercer Nivel de Salud; un representante de la Comisión Provincial del Medicamento; uno de la Dirección Provincial de Red de Medicamentos y Tecnología Farmacéutica, uno de la Dirección Provincial de Calidad y Evaluación Sanitaria; uno de la Secretaría de Asuntos Jurídicos y Regulación Normativa; uno del Laboratorio Industrial Farmacéutico; y uno del Iapos.

La comisión evaluará los resultados de la investigación clínica local y mundial en la materia; elaborará las normativas de aplicación y definirá los procedimientos “para la adquisición en tiempo y forma de los preparados medicinales derivados de Cannabis”.

La evaluación de solicitudes y el control de los resultados clínicos estará a cargo de la Comisión Provincial de Medicamentos y la aplicación de los derivados de Cannabis deberá ser considerada materia de estudio “permanente” por la Comisión Reguladora. Según establece el decreto, las solicitudes médicas deberán contener criterios con indicaciones específicas y claras, para una correcta evaluación por parte de la Comisión de Medicamentos.

El texto de la reglamentación señala además que se prevé la conformación de un Consejo Asesor de Políticas relacionadas con el Canabbis. Tendrá nueve miembros, que representarán a la Comisión Reguladora, a la Defensoría del Pueblo, a los Colegios de Médicos, a los Colegios de Farmacéuticos, a docentes e investigadores de la Universidad Nacional del Litoral, y Nacional de Rosario; a asociaciones civiles vinculadas con la investigación y uso terapéutico de Cannabis, y a las asociaciones civiles de usuarios de dichos preparados.

Los dictámenes y opiniones emitidos por el mencionado Comité “no tendrán carácter vinculante”, pero dichas expresiones deberán encontrarse “suficientemente fundadas, al igual que las opiniones que pudieran existir en disidencia del dictamen de mayoría”.