Uruguay se convirtió en el segundo país latinoamericano en permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo. Este miércoles, luego de una sesión corta pero no exenta de conflictos –la oposición había tratado de suspenderla alegando “errores de reglamento”–, la Cámara baja del vecino país dio sanción definitiva a la ley que ya contaba con media sanción del Senado.
Según publicó Télam, el debate duró tres horas –comenzó a las 17 y concluyó pasadas las 20– y obtuvo el apoyo de 71 legisladores y la reprobación de otros 21. El oficialismo había conseguido sumar el respaldo de varios sectores de la oposición; aunque alguno de sus referentes se resistieron a la medida al considerar que la misma “desvirtúa el matrimonio y a la familia”. Así sostuvo el diputado del Partido Nacional, Gerardo Amarilla.
El primer artículo del proyecto señala que la institución del matrimonio "implicará la unión de dos contrayentes, cualquiera sea la identidad de género u orientación sexual de éstos, en los mismos términos, con iguales efectos y formas de disolución que establece hasta el presente el Código Civil".
Además, establece que los apellidos de los hijos de las parejas homosexuales serán acordados por los dos cónyuges o mediante sorteo en caso de falta de acuerdo y que alcanzará también a los matrimonios heterosexuales.
Respecto de los aludidos errores, el oficialismo se comprometió a corregirlo en un lapso no mayor a 90 días. Se trata de algunos puntos que fueron mal redactados cuando el Senado modificó la letra de la legislación, antes de pasársela a los diputados.
Según publicó Télam, el debate duró tres horas –comenzó a las 17 y concluyó pasadas las 20– y obtuvo el apoyo de 71 legisladores y la reprobación de otros 21. El oficialismo había conseguido sumar el respaldo de varios sectores de la oposición; aunque alguno de sus referentes se resistieron a la medida al considerar que la misma “desvirtúa el matrimonio y a la familia”. Así sostuvo el diputado del Partido Nacional, Gerardo Amarilla.
El primer artículo del proyecto señala que la institución del matrimonio "implicará la unión de dos contrayentes, cualquiera sea la identidad de género u orientación sexual de éstos, en los mismos términos, con iguales efectos y formas de disolución que establece hasta el presente el Código Civil".
Además, establece que los apellidos de los hijos de las parejas homosexuales serán acordados por los dos cónyuges o mediante sorteo en caso de falta de acuerdo y que alcanzará también a los matrimonios heterosexuales.
Respecto de los aludidos errores, el oficialismo se comprometió a corregirlo en un lapso no mayor a 90 días. Se trata de algunos puntos que fueron mal redactados cuando el Senado modificó la letra de la legislación, antes de pasársela a los diputados.