La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) incorporó a los proveedores de servicios de pago (PSP) a un régimen de información equivalente al que pesa sobre el resto del sistema financiero, pudiendo así llevar a cabo un control más preciso sobre las billeteras digitales.

La agencia de recaudación podrá contar con información detallada de los movimientos de usuarios de estas billeteras y otros servicios fintech, lo que aporta datos para detectar más fácilmente maniobras de evasión del impuesto al cheque y otros tributos.

Las aplicaciones que permiten manejar el dinero de personas y empresas no estaban obligadas a compartir con el ente recaudador ningún dato sobre las cuentas de sus clientes. La situación cambió con la resolución 5029 de la Afip, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Desde este mes y en el marco del régimen que rige sobre las transacciones realizadas por medios informáticos, las billeteras virtuales tendrán que revelar:

  • El listado de cuentas con las que se identifica a cada uno de los clientes, así como las altas, bajas y modificaciones que se produzcan
  • Los montos totales (expresados en pesos) de los ingresos, egresos y saldo final mensual de las cuentas
La resolución no altera la normativa que pesa sobre los operadores de billeteras virtuales.

Según aclaró la agencia conducida por Mercedes Marcó del Pont a través de un comunicado, "la incorporación de los nuevos agentes de información al régimen informativo se realiza en el marco de las modificaciones efectuadas en la Ley del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias".

"Dichos cambios establecieron que estarán alcanzadas por el gravamen las personas jurídicas que realicen operaciones en cuentas de pago, debiendo actuar como agente de retención y liquidación los PSP", precisó el comunicado.

La resolución no altera la normativa que pesa sobre los operadores de billeteras virtuales como Ualá, Moni, Nubi o Mercado Pago, entre otros, sino que aumenta el nivel de información con el que va a contar el fisco respecto de las operaciones virtuales.

"De esta manera se busca equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias. La medida mejora las herramientas de control de un sector de los servicios financieros", explicitaron desde la Afip.

La obligación de informar incluye también a tenencias en moneda extranjera y criptomonedas.

Sebastían Domínguez, socio de SDC asesores tributarios, explicó que "la información mencionada se debe suministrar únicamente respecto de las cuentas en las cuales se hubieran registrado, en el período a informar, ingresos totales iguales o superiores a $10.000".

Esto está vigente "desde diciembre de 2019 y la AFIP no ha actualizado por la inflación ya que tiene como objetivo que la mayoría de las operaciones queden alcanzadas por el régimen informativo", detalló Domínguez en un informe sobre la norma. 

La obligación de informar incluye también a tenencias en moneda extranjera que superen ese nivel e, incluso, a criptomonedas. Para estos activos, "la Resolución establece que se deben convertir a pesos considerando el último valor de cotización (tipo comprador)" fijado por el PSP "al último día del mes que se informa".