La polémica por la rescisión que hizo el gobierno provincial del contrato con Arssa, la concesionaria de la autopista Rosario-Santa Fe, a fines del año pasado no se agotó. Después de críticas de la oposición, porque la empresa no cumplió con las obras estipuladas y se iba sin pagar multa alguna, el gobernador Miguel Lifschitz debió revisar aquel decreto con uno nuevo que somete a “revisión” por 180 días las causas de la “extinción por mutuo acuerdo”.

El nuevo decreto, firmado por Lifschitz y por el ministro de Infraestructura y Transporte,  José León Garibay, es el número 1017 con fecha del 25 de abril, según informó la periodista de Radio 2 en la ciudad capital Ivana Fux.

El texto surge como reacción a una resolución de la Fiscalía de Estado, que aconseja analizar si no existe una pérdida económica para la provincia en esa rescisión con Arssa.

La concesionaria de la autopista no realizó el repavimentado de la traza completa, entre otros incumplimientos. Diputados peronistas calcularon que el monto de la obra no ejecutada alcanzaría los 1.500 millones de pesos.

Por eso y a pesar de que el contrato se interrumpió antes de lo fijado (año 2020), el organismo señaló al Ejecutivo que en los expedientes oficiales no queda claro por qué se perdona esa responsabilidad y se pone un punto final consensuado. Es decir, tanto la oposición como Fiscalía se preguntaron si no correspondía alguna multa o sanción a la firma.

Fragmento del decreto 1017 (Rosario3.com).

Con este nuevo decreto, que reemplaza a otro de diciembre pasado, el Ejecutivo dispone realizar un análisis técnico de las consecuencias económicas de esta decisión. Suspende por 180 días la “causa” de la rescisión (no la rescisión en si misma).

Los tres puntos del decreto

En concreto, el artículo 1 del decreto del martes pasado define la “revisión del Contrato de Extinción por Mutuo Acuerdo” con Arssa.

El segundo punto encomienda al Ministerio de Infraestructura y Transporte analizar en 180 días y determinar “la responsabilidad que le pueda caber a las partes (y a terceros) en la frustración del contrato”, fijar “la causal” y eventuales “créditos o deudas”.

El artículo 3 suspende por ese plazo -seis meses- el decreto anterior “únicamente en relación a la causal de extinción -mutuo acuerdo-”. Vencido ese tiempo se definirá la causa de la rescisión y las responsabilidad de cada parte.

Si ese estudio encuentra incumplimientos manifiestos de la empresa podrían surgir pedidos de sanción o multas, o incluso ejecutar las garantías.

Por lo pronto, el gobierno seguirá con el nuevo proceso de licitación de la autopista y la apertura de sobres, que fue suspendida el mes pasado,  se hará el próximo 2 de mayo.