El gobernador Antonio Bonfatti y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan Lewis, entregan este jueves en Santa Fe y el viernes en Rosario, las matrículas a los mediadores y comediadores inscriptos durante 2012, y los certificados de habilitación a los centros de mediación de ambas ciudades (16 en total), en el marco de la transformación de los sistemas judiciales. Los profesionales actuarán en el sistema de mediación prejudicial obligatoria civil y comercial, que comenzó a regir en la provincia el 29 de noviembre pasado.

Los mediadores y comediadores son figuras centrales del sistema, que apunta a resolver el conflicto sin que éste pase por la justicia. Tras recibir la matrícula, y dentro de un plazo de siete días, registrarán su firma y su sello en la Agencia de Gestión de Mediación (Agem) y quedarán incorporados automáticamente al sistema, que funciona en las ciudades de Santa Fe y Rosario.

La mediación prejudicial establecida por la ley N° 13.151, comenzó a aplicarse para casos que se inician en los juzgados de distrito de Rosario y Santa Fe con competencia en lo civil y comercial, y se implementará en forma progresiva en el resto de la provincia.

De los actos, que tendrán lugar en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno de Santa Fe y en la sede de gobierno en Rosario, participarán además la secretaria de Programas de Transformación de los Sistemas Judiciales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, María Cecilia Vranicich; y la titular de la Dirección de Desjudicialización de la solución de conflictos interpersonales de esa cartera, Eleonora Avilés. También fueron invitadas las 11 instituciones formadoras de mediadores de la provincia.

En qué consiste la mediación

La mediación prejudicial obligatoria santafesina tiene dos características que la distinguen del resto de las legislaciones (nacional y provinciales): la organización del sistema en la órbita del Poder Ejecutivo, concretamente en la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y la incorporación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TICs) a todo el procedimiento. Es decir que se utiliza el soporte informático para actuaciones significativas –presentación del requerimiento, sorteo del mediador, notificaciones en general, entre otras– lo que le da mayor agilidad, economía y eficiencia al sistema.

El pilar del sistema son las Agem, que actualmente funcionan en Santa Fe y Rosario pero se replicarán en el resto de las circunscripciones de la provincia (Reconquista, Rafaela y Venado Tuerto). Las Agencias son las que registran y sortean a los mediadores.

Durante 2012 se inscribieron 335 mediadores y 21 comediadores en el Registro habilitado a tal efecto, que se abrió en febrero de este año. Ésta fue la segunda inscripción, la primera se realizó a fines de 2011.

Con esta entrega de matrículas la provincia pasa a contar con un total de 655 mediadores y comediadores, lo que significa la consolidación de un sistema y la profundización de este nuevo concepto en el marco de la transformación de los sistemas judiciales en la provincia, indicaron desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

La inscripción en el Registro se realiza sólo una vez por año y es condición indispensable para los profesionales interesados en actuar en el procedimiento en los roles de mediadores y comediadores. El registro con los datos personales y de formación del mediador, como así también con los datos de los lugares físicos donde ejercerá su labor, sirve para definir por sorteo digital quienes intervendrán en los casos llevados a mediación.

El requerimiento de mediación se efectúa por vía electrónica, a través de un formulario, ante la Agem, con patrocinio letrado. La Agem realiza la admisión y sortea el mediador. Luego el requirente debe presentarse en la oficina del mediador sorteado y una vez aceptado el cargo se hace la convocatoria a la primera reunión.

Los principios que gobiernan este procedimiento están reglados. La mediación se caracteriza por la confidencialidad y el secreto profesional, la asistencia personal de las partes y el patrocinio letrado obligatorio. El mediador siempre es un abogado o procurador, que puede actuar eventualmente con un co-mediador con incumbencias afines al conflicto.

La mediación se traduce en actas (de reunión, finales y de acuerdo) y dura hasta 45 días hábiles, prorrogables hasta un máximo de seis meses. Puede concluir por acuerdo, por ausencia injustificada de la o las partes, por decisión del mediador, por decisión de cualquiera de las partes o por agotamiento del plazo máximo del tiempo de mediación.

Los acuerdos protocolizados son ejecutables por vía de ejecución de sentencia en caso de incumplimiento, mientras que el acta de finalización sin acuerdo habilita la vía judicial.