Con la aclaración de que la intención no es “polemizar” sino "exponer la verdad sobre los hechos” que derivaron en la intervención de Rosario Central, ex dirigentes del club formularon una carta –que dirigieron a la nueva comisión directiva– para hacer valer su derecho a réplica a través de este medio en respuesta a declaraciones de la jueza a cargo de la convocatoria de acreedores de la entidad de Arroyito, Liliana Giorgetti, que fueron reproducidas en una nota del último 16 de noviembre.
“Con motivo de la normalización de la vida institucional del Club Atlético Rosario Central, consideramos oportuno romper nuestro silencio, a efectos de poner en conocimiento de la honorable Comisión Directiva electa, los socios y el público en general, los hechos más relevantes de nuestra gestión como autoridades de la institución”, reza el encabezado de la carta abierta a la comisión directiva electa, firmada por Miguel San Martín y Pablo Darío Franco, pero que en una manifiesta adjunta también incluyen a Jorge Raúl González, Oscar Rubén Salcedo Y Marcelo Raúl Facciano.
Y a continuación se detalla textual:
1.- En el período que va desde el dictado de la resolución judicial (que dispuso la remoción cautelar de las vías de hecho que impedían al presidente de la institución el ejercicio efectivo de su cargo y, paralelamente, la suspensión preventiva de los miembros titulares de la Comisión Directiva del Club Atlético Rosario Central) y la efectiva asunción de nuestros cargos, sostuvimos una serie de reuniones tendientes a delinear el perfil de nuestra gestión de gobierno.-
Los objetivos propuestos fueron los siguientes:
1.1.- Desmantelamiento de la estructura que vinculaba a sectores violentos de la hinchada (barras bravas), algunos técnicos de las divisiones inferiores y un representante de fútbol.-
1.2.- Disminución del déficit operativo del club y determinación del pasivo post concursal, defendiendo de manera irrestricta los intereses económicos de la institución.-
1.3.- Juzgamiento de las infracciones al estatuto social en el cual habrían incurrido los miembros de la comisión directiva suspendida en sus funciones, LO QUE DESCARTABA CUALQUIER NEGOCIACIÓN CON AQUELLOS.-
1.4.- Documentación de todos los actos de gobierno, a efectos que el asociado pudiera evaluar nuestra gestión.-
De todo ello puede dar fe la juez a cargo del concurso preventivo, a quien le comunicamos los objetivos precedentes.-
2.- En oportunidad de asumir nuestros cargos pudimos constatar lo siguiente:
2.1.- Que la institución se encontraba en virtual estado de cesación de pagos (adeudaba cuatro (4) meses de sueldo a su personal dependiente, jugadores de fútbol -a algunos de los cuales se adeudaban tres (3) años de prima- y cuerpo técnico; adeudaba aportes y contribuciones de obra social, como así también carecía de fondos suficientes para afrontar los gastos corrientes, etc.);
2.2.- Que no existía registro en la contabilidad del Club que permitiera establecer el destino dado al pagaré del Real Madrid, vencimiento 2009, por € 1.440.000, que fuera entregado por la jueza del concurso preventivo a los miembros de comisión directiva suspendidos para afrontar el pago de sueldos.-
3.- Inmediatamente nos avocamos a la solución de todos los problemas descriptos, superando –con nuestros actos- un clima de confiabilidad que nos era adverso.-
Nuestra tarea, en tal sentido, fue inmediatamente obstaculizada por supuestos acreedores que trabaron embargos ejecutivos sobre el restante pagaré del Real Madrid (por ejemplo: juicios Guguielmino y Alvares), todo lo cual impidió que la juez del concurso preventivo hiciera lugar a nuestro pedido de entrega del mismo (lo que nos hubiera permitido afrontar las obligaciones más urgentes del Club).-
Simultáneamente, y por intermediación de la Asociación del Fútbol Argentino, pudimos establecer el destino dado, por los miembros de la Mesa Directiva suspendida, al pagaré del Real Madrid (ELLO PERMITIÓ A LA JUEZ DEL CONCURSO CONOCER LA EXISTENCIA DEL CONVENIO DE CESION DE CREDITOS Y DEUDAS SUSCRIPTO CON LAS FIRMAS ZARAPATURTER FINANCIAL SERVICE INC. Y TIMCEL S.A., como así también los alcances del poder general otorgado por las autoridades suspendidas al Dr. Wilfredo Scarpello, lo que derivó en la causa penal actualmente en trámite).-
En lo institucional, en reunión de comisión directiva de fecha 28 de mayo de 2007 se trató la cuestión relativa a la ilegalidad del convenio de reconocimiento de créditos y deudas ut supra individualizado, como así también la falsedad ideológica que contenía el acta de Comisión Directiva Nro. 23, mediante la cual la comisión directiva suspendida habría aprobado el convenio de marras. En dicha reunión se decidió: a) solicitar la declaración de nulidad del convenio y del acta en cuestión, por cuanto el primero resultaba ruinoso para el C.A.R.C., y, la segunda, por encontrarse viciada de presunta falsedad ideológica; y b) la formación de sumario administrativo a los miembros de Comisión Directiva involucrados en tales graves hechos, Sres. Juan Dalbes, Gonzalo Estévez, Mauricio Salvo y Paulino Casatti.-
La firme postura adoptada, por la Comisión Directiva que integrábamos dio sus frutos, conforme da cuenta el hecho de haber recuperado el pagaré del Real Madrid que el Dr. Scarpello tenía en su poder.-
El descuento de aquel título valor nos permitió poner al día los salarios del personal dependiente, jugadores de fútbol (incluidos los premios) y cuerpo técnico (hecho inédito en la institución), como así también lograr la regularización de la prestación de obra social, además de desactivar un pedido de quiebra formulada por el Sr. Eduardo Ramón Ríos, mediante la reserva de fondos que depositamos en la A.F.A. por la cantidad de $ 900.000.-
También, en un claro gesto democrático, en reunión de comisión directiva de fecha 2 de julio de 2007 –por decisión unánime de sus miembros- APROBAMOS LA CONVOCATORIA A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA PARA EL DÍA 25 DE OCTUBRE DE 2007, A EFECTOS DE TRATAR LOS SIGUIENTES PUNTOS DEL ORDEN DEL DIA: 1) FINALIZACION ANTICIPADA DE NUESTROS MANDATOS COMO MIEMBROS DE LA COMISIÓN DIRECTIVA; Y 2) CONVOCATORIA A ELECCIONES DE AUTORIDADES DE LA INSTITUCION.-
Finalmente, mediante reunión de comisión directiva de fecha 19 de julio de 2007, denunciamos ante los veedores de fiscalía de estado el pago por parte de una sola persona de las cuota sociales correspondientes a 800 socios aproximadamente y exigimos a la autoridad de aplicación que tomara las medidas legales pertinentes (esta denuncia fue posteriormente tergiversada en el dictamen en que se fundó la solicitud de intervención del club).-
En lo económico financiero, tomamos las riendas del Club con un déficit operativo mensual de ochocientos mil pesos ($ 800.000), y en los dos meses y días de gestión logramos reducir el mismo a la cantidad de pesos doscientos mil ($ 200.000), sin que para ello tuviéramos que recurrir al despido de personal y, mucho menos, desentendernos de las actividades deportivas amateur.-
En cuanto a la obtención de recursos, la comisión directiva que integramos se proveyó de los mismos de manera genuina, mediante la venta de tres jugadores de fútbol profesional (Moreira, Di María y Díaz).-
En su conjunto, las operaciones de venta, a las que hacemos referencia, aportaron a las arcas del C.A.R.C. la cantidad aproximada de treinta y un millones de pesos $ 31.000.000, RESULTANDO TAMBIEN UN HECHO INEDITO EN EL CLUB QUE LAS TRANSFERENCIAS SE CONCRETARON DIRECTAMENTE CON LAS INSTITUCIONES ADQUIRENTES, LO QUE REPRESENTÓ UN AHORRO IMPORTANTE DE GASTOS QUE OCASIONA CUALQUIER INTERMEDIACION.-
Demostrando buena fe y transparencia de nuestra gestión, informamos detalladamente a la juez a cargo del concurso preventivo los términos económicos de cada operación.-
En el caso del jugador Ricardo Ariel Moreira, por tratarse de una transferencia a un club local, obtuvimos la autorización judicial correspondiente.-
En el caso de los jugadores Ángel Di María y Andrés Díaz la juez del concurso preventivo retaceó la autorización correspondiente, no obstante que -con anterioridad- la Comisión Directiva -en reunión de fecha 30 de julio de 2007- había dispuesto que el producido de tales transferencias fueran depositadas en una cuenta judicial a crearse dentro del expediente del concurso preventivo, como así también los títulos valores que documentarían el saldo de precio.-
Ante la posibilidad cierta que la operación de transferencia fracasara, con el consiguiente perjuicio irreparable que ello implicaba para los intereses de la institución, SUSCRIBIMOS LOS CONTRATOS DE TRANSFERENCIA INTERNACIONAL, todo lo cual fue posteriormente avalado por la Asociación del Fútbol Argentino (A.F.A) al emitir el certificado de transferencia internacional (transfer) correspondiente.-
Mediante un comunicado de prensa que publicamos bajo el título DECIMOS NO AL FIDEICOMISO expusimos los fundamentos de nuestro proceder y concluimos lo siguiente:
“… La administración del Club Atlético Rosario Central le corresponde a sus autoridades legal y estatutariamente constituidas, y no al poder judicial;
Que es responsabilidad de dichas autoridades proveer los recursos necesarios para afrontar el pago de salarios del personal dependiente, jugadores de fútbol profesional y cuerpo técnico (los que a la fecha se encuentran al día gracias a la ardua gestión desplegada por la C.D. del Club);
Que de haberse frustrado las transferencias de los jugadores Di María y Díaz el C.A.R.C. no habría tenido posibilidad alguna para afrontar los gastos corrientes, con los riesgos que ello implica;
Que los términos económicos de la operación fueron explícitamente comunicados por el club comprador a la Bolsa de Comercio de la ciudad de Lisboa, circunstancia que despeja cualquier duda sobre la transparencia de la operación (a tales fines los asociados pueden consultar el sitio web www.cmvm.pt);
Que en el caso del jugador Di María su contrato se encontraba vencido desde el día 30 de junio de 2007 (por causas ajenas a la institución) y la frustración de la transferencia le hubiera ocasionado un daño irreparable (desde que había obtenido una excelente retribución por parte del Benfica);
Que, la Comisión Directiva del C.A.R.C. de ningún modo puede coartar la libertad de trabajo de sus jugadores de fútbol profesional, máxime si con la transferencia de los mismos recibe un monto dinerario histórico para la institución. Más aún, cuando la situación descripta los había colocado en un estado de angustia ante la posibilidad de frustración de sus contratos de trabajo, considerados por ellos indispensable para el desarrollo de sus carreras profesionales (competir en la champion leage europea);
LOS JUGADORES DE FUTBOL NO SON UNA MERCANCIA, TIENEN DERECHOS Y EL C.A.R.C. LOS HA RESPETADO.-
Que el próximo proceso electoral exige una institución regularizada y estabilizada económicamente.-
Por todo lo expuesto, queda demostrado que las autoridades del C.A.R.C. se encuentran avocadas –exclusivamente- al gobierno de la institución y no privilegian su permanencia en los cargos, máxime si con sus actos de gobierno han desterrado –definitivamente- la posibilidad del tan mentado FIDEICOMISO…” (lo subrayado y destacado en negrita nos pertenece).-
La comisión directiva en pleno aprobó la gestión realizada por la Mesa Directiva en la ciudad de Lisboa, conforme da cuenta el acta que documenta la reunión celebrada el día 13 de agosto de 2007, como así también en dicha reunión se dispuso. “… que los fondos obtenidos por las transferencias de los jugadores Díaz y Di María, se solicitará al juez del concurso que bloquee una cantidad de dinero, y sea depositado de manera indisponible e inembargable, que garantice el pago total de los sueldos al personal, sus leyes sociales, jubilación y obra social, cuota sindicales, aguinaldo y vacaciones, y todas las remuneraciones, premios y primas del plantel profesional de fútbol, impuestos, tasas y servicios, así como los gastos de mantenimiento y gestión del club, hasta el 31 de diciembre de 2007, y a los efectos que las autoridades que resulten electas en los comicios a decidirse en la asamblea extraordinaria del mes de octubre del corriente año, reciban el club con todas las cargas salariales, parasalariales y fiscales al día y sin deuda corriente…”
4.- No obstante los logros precedentes, la Inspección General de Personas Jurídicas solicitó a la juez del concurso preventivo la intervención de la institución, en base a un dictamen donde no se dudó en tergiversar los hechos en nuestro perjuicio.-
No obstante que la petición resultaba improcedente, desde que el juez del concurso preventivo resultaba incompetente y porque la autoridad de aplicación no había seguido el procedimiento establecido a tales fines, se dispuso la intervención del C.A.R.C. (sin corrernos siquiera un traslado para que ejercitáramos nuestro derecho de defensa) mediante resolución Nº 2485.-
En virtud que el proceso electoral se encontraba en marcha, decidimos privilegiar -una vez más- los intereses del Club por sobre los personales, razón por la cual acatamos aquella decisión judicial, conforme lo siguiente:
“Somos conscientes que la intervención se habría decidido con exceso de facultades, sin previo traslado o vista para que ejercitemos nuestro derecho de defensa y en base a un dictamen donde se tergiversan algunos hechos relevantes a esta causa…”
Durante el período que duró la intervención, decidimos guardar estricto silencio respecto de los logros alcanzados en nuestra breve gestión.-
Consecuente con ello, no controvertimos a los interventores cuando estos se arrogaban el mérito de cumplir con las obligaciones corrientes del club (pago de salarios, premios y primas correspondientes a los jugadores de fútbol, etc.) COMO SI EL DINERO LO HUBIERAN RECIBIDO DE PARTE DE LA JUEZ DEL CONCURSO Y NO COMO PRODUCTO DE NUESTRA ADMINISTRACIÓN.-
CONCLUYENDO: cuando asumimos nuestros cargos en la Comisión Directiva el C.A.R.C. se encontraba en virtual estado de cesación de pagos y, como producto de nuestro trabajo en equipo, es la única institución del país que mantiene sus salarios al día y no adeuda a sus jugadores de fútbol prima o premio alguno.-
Actualmente, como producto de nuestra gestión, y no de la intervención, el Club cuenta con dinero en efectivo y valores por sumas millonarias, todo lo cual le permitirá a esta Comisión Directiva encarar –sobre bases serias- el pasivo post concursal (que no originamos, toda vez que la misma fue producto de la gestión de la comisión directiva anterior).-
Es justo admitir que nada de ello habría sido posible sin el apoyo brindado a la institución por la Asociación del Fútbol Argentino, por lo que resulta oportuno expresar –por este medio- nuestro agradecimiento a Dn. Julio Grondona y al Dr. Hugo Pasos.-
5.- Finalmente, queremos expresar nuestras sinceras felicitaciones a la comisión directiva electa, por amplia mayoría de los asociados, como así también desearles éxito en su gestión.-
Rosario, noviembre 14 de 2007.-

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