El Tribunal Oral Federal 1 (TOF 1) de Córdoba rechazó este jueves aplicar el criterio utilizado por la Corte y denegó la excarcelación mediante el 2x1 del represor Arnoldo "Chubi" López, condenado a prisión perpetua por 241 secuestros y otros crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.

Los jueces del TOF entendieron que en el caso de “delitos tan graves como, entre otros, la desaparición forzada de personas” deben "ajustarse a los estándares internacionales fijados por el sistema interamericano de derechos humanos y los tratados incorporados a nuestra Constitución Nacional".

En cuanto a López, recordaron que fue condenado por 241 hechos de desaparición forzada de persona calificada por el resultado de muerte y un hecho de desaparición forzada de menor, el nieto de la titular en Córdoba de Abuelas de Plaza de Mayo, Sonia Torres, "los que son considerados delitos permanentes".

Y respecto de los delitos permanentes, consideraron que es "inaplicable la retroactividad de la ley penal mas benigna (art. 2 del Código Penal), por cuanto como hasta el día de la fecha se desconoce el destino de los desaparecidos y del menor sustraído se siguen cometiendo esos delitos hasta el día de la fecha".

Además, señalaron que el Estado nacional está obligado a ajustarse a la normativa supranacional de “protección de los derechos humanos tendiente a garantizar el adecuado juzgamiento y punición de los delitos de lesa humanidad”, lo que implica “poner fin a la impunidad de que han gozado durante décadas los responsables por la comisión de dichos delitos”.

López fue agente civil (PCI) del Destacamento de Inteligencia 141 dependiente del Cuerpo III de Ejército desde fines de 1975 hasta 1979 y también integró el paramilitar Comando Libertadores de América (CLA, versión cordobesa de la Triple A) y la patota del centro clandestino de detención, torturas y exterminio de La Perla.