El juez de Ejecución Penal Efraín Lurá, que autorizó las salidas transitorias de dos presos que no volvieron al penal de Piñero, dijo que lo único que hizo es cumplir la ley y opinó que esa norma debería ser modificada porque pone en igualdad de condiciones para este tipo de beneficios a presos primarios con reincidentes.
En diálogo con el programa Diez puntos, de Radio 2, Lurá explicó que no hay subjetividad en el otorgamiento de las salidas transitorias: “Es una cuestión matemática; según la ley a partir de la mitad de la condena, si reúne el resto de los requisitos (buena conducta, concepto acorde y no ser requerido por otra autoridad judicial”, corresponde el beneficio.
Y amplió que la ley no distingue por delito sino por el monto de la pena, es decir que tanto un ladrón como un violador pueden recibir el beneficio, aunque el magistrado aclaró en los casos de abusadores sexuales exige que cumplan un tratamiento psiquiátrico hasta el final de la condena.
En el caso de los dos presos de Piñero, uno cumplía una condena hasta 2011 por robo y privación ilegítima de la libertad, mientras que el otro salió bajo responsabilidad de un familiar.
Para Lurá, la ley que regula el otorgamiento de las libertades transitorias debería ser modificada, sobre todo porque “no es lo mismo” si el delincuente “es o no reincidente” pero la norma no hace diferencia “en absoluto”.
Obviamente, hay más riesgo de fuga con los reincidentes. Pero si la diferencia la hiciera el juez en base a su criterio, enseguida “saltarían los organismos de derechos humanos y los abogados particulares”, dijo Lurá.