Detalles del plan oficial para generar nuevas inversiones agroindustriales

Se destaca el fomento a las inversiones productivas, créditos fiscales y modernización del sistema de contrataciones del sector agrario

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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación destaca que, en el marco de la Ley de Modernización Laboral en Argentina, el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) establece beneficios para PyMEs agroindustriales, con estímulos para la inversión productiva y laboral.

El RIMI se creó para complementar el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y se establece, en este sentido, para inversiones desde U$S 150.000 (en micro empresas) hasta U$S 9.000.000 (empresas medianas tramo 2).

El foco del incentivo está en inversiones productivas tales como la adquisición, elaboración y fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos, amortizables en el impuesto a las ganancias, así como a la realización de obras afectadas a la producción.

Adicionalmente, la legislación no dispone de mínimos para inversiones estratégicas en sistemas y/o equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el sector agropecuario y en bienes semovientes.

Incentivos impositivos a la inversión

Para las inversiones estratégicas sin mínimo detalladas precedentemente, se instaura un régimen de amortización acelerada en una (1) cuota, mientras que para bienes muebles será de dos (2) cuotas. También, a partir de ahora, los créditos fiscales de IVA de dichas inversiones, podrán computarse luego de tres períodos fiscales mensuales.

En cuanto a otros beneficios impositivos, se reduce significativamente la alícuota de IVA para la energía eléctrica utilizada en equipos de riego con destino al sector agroindustrial.

Además, se genera una modificación en el sistema de valuación de hacienda para los establecimientos de invernada y/o engorde a corral. Ello aplica para la determinación del impuesto a las ganancias reduciendo el resultado por tenencia de cada ejercicio.

Reordenamiento en el régimen de trabajo agrario

Se modificó la subcontratación y cesión estableciendo la relación directa con quien registre la relación laboral y limitando la responsabilidad solidaria. Al tiempo que se asegura la temporalidad de contratos temporarios sucesivos y se amplía el período de prueba a ocho meses.

Además, quedaron eliminadas las remuneraciones mínimas, fijadas por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario llevándolas a la ley de convenciones colectivas, incluyendo la remuneración por rendimiento. Y se estableció la compatibilidad entre trabajo rural temporario y prestaciones sociales, garantizándose así la continuidad en la percepción de asignaciones familiares, entre otros beneficios para fomentar el trabajo y adaptar la normativa laboral a las dinámicas actuales del campo.

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