El Gobierno extendió el programa Repro II para poder cubrir los salarios de agosto en sectores críticos que cumplan con una serie de indicadores económicos, financieros y laborales. Así lo dejó establecido a través de la Resolución 486/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Las cuestiones que se tienen en cuenta son la variación porcentual de la facturación, y del IVA compras, consumo de energía eléctrica y gasífera, relación entre el costo laboral total y la facturación, y de las importaciones, el endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto) y la liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente).
Para todos los indicadores, excepto los de endeudamiento y liquidez corriente, el período de referencia para la variación porcentual son los últimos dos meses anteriores al mes en el cual el Programa brinda la asistencia (en este caso agosto) y los mismos meses de 2019. Cabe aclarar que la resolución exceptúa a los sectores críticos de presentar el balance requerido.
Por otro lado, indica que para acceder al beneficio de $22.000, el trabajador independiente deberá presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el período comprendido entre julio de 2019 y el mismo mes de 2021, cuando hasta ahora se tomaba abril de ambos años para su comparación.
En cuanto al sector salud, se requiere el cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes dos indicadores: variación de la facturación y variación de la relación entre el costo laboral y la facturación.
Por su parte, las empresas con más de 15 trabajadores dependientes deberán presentar obligatoriamente la información requerida sobre los montos de activos y pasivos y patrimonio neto.

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