La Justicia obligó a una concesionaria vial a resarcir al conductor de un vehículo que sufrió un accidente, ya que consideró que el choque tuvo como causa el pedregullo diseminado en la calzada sin la debida señalización. Lo llamativo es que el incidente no se produjo en la vía con peaje sino en una colectora.

La Cámara en lo Civil y Comercial de Zárate-Campana, con las firmas de los jueces Osvaldo Henricot, Karen Bentancur y Miguel Angel Balmaceda, condenó a la concesionaria Servicios Viales S.A. y Pevisa S.A. a pagar al conductor 10.971 pesos más intereses por el siniestro, ocurrido el 3 de enero de 1999 por la noche sobre la colectora de la Ruta Nacional número 9, a la altura del kilómetro 90.

“El accidente se produjo como consecuencia de que el pedregullo esparcido en la calzada por la realización de tareas de mantenimiento, sin señalización adecuada, lo que hizo perder al conductor el dominio del vehículo”, se plantea en el fallo.

“El pedregullo desparramado sobre el pavimento configura un riesgo para la circulación de automóviles ya que puede ocasionar la pérdida de control del rodado, y esa deficiencia en la calzada no estaba debidamente señalizada, de modo tal, que esas circunstancias fueron determinantes en la ocurrencia del evento dañoso”, se destaca en el texto.

Se concluye, entonces, que "el concesionario vial no cumplió con su obligación de seguridad, generando su responsabilidad por los daños causados”.

En primera instancia, el conductor había sido responsabilizado en un 30 por ciento por el siniestro por circular presuntamente a alta velocidad, pero tal circunstancia no fue probada en el juicio. En consecuencia, los jueces consideraron que “no es lógico exigirle al conductor que reduzca la velocidad, que no era excesiva, para afrontar una contingencia que no pudo prever”.