Al menos en Uruguay, quedó prohibido pegarles a los niños. Ni correctivos sutiles, ni pellizcones finitos en los brazos, tampoco chirlos en la cola, menos cachetadas. Es que este miércoles el Senado sancionó una norma que modifica el Código de la Niñez, vigente desde 2004, e impide cualquier trato “humillante” como forma de corrección a los niños, aunque no establece sanciones concretas ni dispone formas de control.
En contacto con Radio 2, Margarita Percovich, senadora del Frente Amplio y autora del proyecto explicó los alcances: “La ley introduce algunos principios que la Convención de los Derechos de los niños y adolescentes de que no se puede castigar físicamente a los niños. Tenemos que equiparar y lograr la igualdad de los niños como sujetos de derecho porque hasta ahora el Código Civil se expide sobre la prohibición de agresión entre adultos pero no en lo que respecta de un adulto hacia un niño”.
“Modificamos el Código de la Niñez e introducimos la prohibición del castigo físico y tratamiento denigrante y eliminamos del Código Civil la corrección moderada de los padres hacia los hijos”, ahondó la legisladora y sostuvo: “Se trata de que los adultos entendamos que tenemos derechos y obligaciones de poner límites sin violencia”
La ley sólo tuvo votos en contra del bloque nacionalista (Partido Blanco), cuyos integrantes dicen que se trata de un “catálogo de buenas intenciones” que en los hechos no se podrá aplicar. El diputado Sergio Botana argumentó que se “limita” el poder de los padres y se “perfora” la institución familiar. El tratamiento de la ley despertó controversia entre los legisladores quienes sacaron a relucir experiencias propias y ajenas.
Los diputados del Frente Amplio (partido del gobierno) dijeron que el objetivo es modificar una conducta hoy aceptada socialmente: la del “coscorrón” o “palmada en la cola” como forma habitual de corregir a los niños. Los diputados frenteamplistas y blancos debatieron varias horas acerca de si es correcto castigar físicamente a los hijos y si una palmadita es o no un castigo humillante.
El proyecto de ley sancionado consta de tres artículos. El primero establece la prohibición del castigo físico a los niños y encomienda al Instituto del Niño y del Adolescente de Uruguay (INAU), en coordinación con las demás instituciones del Estado y la sociedad civil, la ejecución de programas de sensibilización y educación dirigidos a los padres, y promover formas de disciplina "positivas y no violentas".
El segundo artículo modifica otro del Código de la Niñez y la Adolescencia, que encomienda a los padres a corregir a sus hijos "excluyéndose la utilización del castigo físico o cualquier tipo de trato humillante".
Y el tercero deroga disposiciones del Código Civil: el artículo 261 (los padres tienen la facultad de corregir moderadamente a sus hijos y cuando esto no bastare, podrán recurrir al juez competente para su internación en un establecimiento destinado a ese objeto) y el artículo 384 (el menor debe obediencia y respeto al tutor y éste podrá corregirlo moderadamente).
En contacto con Radio 2, Margarita Percovich, senadora del Frente Amplio y autora del proyecto explicó los alcances: “La ley introduce algunos principios que la Convención de los Derechos de los niños y adolescentes de que no se puede castigar físicamente a los niños. Tenemos que equiparar y lograr la igualdad de los niños como sujetos de derecho porque hasta ahora el Código Civil se expide sobre la prohibición de agresión entre adultos pero no en lo que respecta de un adulto hacia un niño”.
“Modificamos el Código de la Niñez e introducimos la prohibición del castigo físico y tratamiento denigrante y eliminamos del Código Civil la corrección moderada de los padres hacia los hijos”, ahondó la legisladora y sostuvo: “Se trata de que los adultos entendamos que tenemos derechos y obligaciones de poner límites sin violencia”
La ley sólo tuvo votos en contra del bloque nacionalista (Partido Blanco), cuyos integrantes dicen que se trata de un “catálogo de buenas intenciones” que en los hechos no se podrá aplicar. El diputado Sergio Botana argumentó que se “limita” el poder de los padres y se “perfora” la institución familiar. El tratamiento de la ley despertó controversia entre los legisladores quienes sacaron a relucir experiencias propias y ajenas.
Los diputados del Frente Amplio (partido del gobierno) dijeron que el objetivo es modificar una conducta hoy aceptada socialmente: la del “coscorrón” o “palmada en la cola” como forma habitual de corregir a los niños. Los diputados frenteamplistas y blancos debatieron varias horas acerca de si es correcto castigar físicamente a los hijos y si una palmadita es o no un castigo humillante.
El proyecto de ley sancionado consta de tres artículos. El primero establece la prohibición del castigo físico a los niños y encomienda al Instituto del Niño y del Adolescente de Uruguay (INAU), en coordinación con las demás instituciones del Estado y la sociedad civil, la ejecución de programas de sensibilización y educación dirigidos a los padres, y promover formas de disciplina "positivas y no violentas".
El segundo artículo modifica otro del Código de la Niñez y la Adolescencia, que encomienda a los padres a corregir a sus hijos "excluyéndose la utilización del castigo físico o cualquier tipo de trato humillante".
Y el tercero deroga disposiciones del Código Civil: el artículo 261 (los padres tienen la facultad de corregir moderadamente a sus hijos y cuando esto no bastare, podrán recurrir al juez competente para su internación en un establecimiento destinado a ese objeto) y el artículo 384 (el menor debe obediencia y respeto al tutor y éste podrá corregirlo moderadamente).


