Tras los buenos resultados del Bopreal en su tercera subasta, el Banco Central autorizó que los importadores puedan utilizar el bono y liquidarlos en dólar cable (o dólar CCL) para ser acreditados en una cuenta en el exterior y así pagar sus obligaciones.
Lo hizo mediante la Comunicación “A” 7940/2024 publicada en Boletín Oficial este lunes. La operación está autorizada para aquellos que hayan adquirido los títulos en suscripción primaria y las cuentas a acreditarse no se deben encontrar radicadas en países o territorios en donde no se aplican las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). El tercero, recibirá los fondos en su cuenta del exterior.
Al mismo tiempo, mediante la Comunicación “A” 7941/2024, se autorizó a que los importadores que accedieron al Bopreal por un monto igual o mayor al 50% del total pendiente por sus deudas, podrá acceder al mercado de cambios (MULC) para pagar deudas comerciales por la importación de bienes y servicios previos al 13 de diciembre de 2023.
Acceso al MULC: cuáles son los requisitos
El acceso al mercado de cambios se produce a partir del 1 de febrero de 2024 en forma simultánea con la liquidación por un monto equivalente al pagado de cobros anticipados de exportaciones de bienes que serán cancelados con embarques cuyos cobros hubiera correspondido ingresar a partir del 1 de marzo de 2025 a razón de un máximo mensual equivalente al 10% del monto total de los anticipos que se encuadraron en este mecanismo.
En este último caso, las entidades financieras deberán adicionalmente contar con una declaración jurada del importador en la cual deja constancia de que será necesaria la conformidad previa del BCRA para la cancelación de estos cobros anticipados de exportaciones de bienes antes de los plazos estipulados.
Asimismo, a los restantes requisitos normativos aplicables, la entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente en la que conste el monto suscripto del BOPREAL de mayor plazo y los montos de las deudas comerciales de bienes y servicios por operaciones anteriores al 13.12.23 elegibles y que el pago queda encuadrado en los límites previstos.”

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