El decreto 1.416/2009, firmado por la presidenta Cristina Fernández, pretende cambiar la historia de los ahijados presidenciales, hasta ahora, parte del anecdotario de actos públicos e historias barriales.

Así, tal cual publicó este domingo el diario Crítica de la Argentina, desde la Secretaría General, Andrea Rabolini reconoció que “históricamente, hubo muy poco acompañamiento” a los séptimos hijos o hijas del mismo sexo.

Ahora la apuesta es a que haya un seguimiento en todo el ciclo educativo, gracias a que el decreto 1.416 muestra, según Rabolini, “apertura, modernización y una posición progresista”. Según explicó, la idea es promover “la utilización de los vínculos del Estado para que el chico no quede a la deriva” a través de apoyo educativo en todos los niveles y contención laboral que garantice el bienestar del elegido.

Actualmente pueden ahijados del presidente en turno los hijos naturales o adoptivos de padres solteros o convivientes. No es obligación que sean católicos sino lo que sólo se exige es que debe ser el séptimo del mismo género: varón o mujer.

El padrinazgo presidencial se impuso en 1907 para combatir una leyenda del campo que sostenía que el séptimo hijo se convertía en lobizón.