El diputado Marcelo Gastaldi, acompañado por sus pares Norberto Nicotra, Victoria Ramírez y Oscar Urruty, presentaron un proyecto de ley mediante el cual las municipalidades podrán dictar sus propias cartas orgánicas.

Según explicó Gastaldi en un comunicado, en la práctica, y a partir de la modificación de la ley Nº 2.756 de municipios, se permitirá que todo centro urbano de más de diez mil habitantes -sean de primera o de segunda categoría- pueda dictar sus propias cartas orgánicas. “La autonomía ya no es sólo un derecho constitucional inherente a las ciudades de nuestra provincia, hoy ya representa una necesidad impostergable para alcanzar el desarrollo armónico en lo urbanístico, social, económico y político que permita la igualdad de oportunidades y la inclusión con justicia”, argumentó el legislador rosarino.

Antes de la presentación del proyecto de autonomía municipal en la Legislatura, y en un encuentro de legisladores de la oposición en la Municipalidad de Rosario, Gastaldi había compartido esa iniciativa con sus pares y anticipado el mismo al intendente de esa ciudad, Miguel Lifschitz, quien la ponderó públicamente.

“La idea es modificar el primer artículo de la ley Nº 2.756, para que las municipalidades puedan dictar sus propias Cartas Orgánicas, pero permitiendo la subsistencia de la ley que se reforma hasta la fecha de entrada en vigencia de aquellas. Las mismas serán sancionadas por una Convención Municipal convocada por el intendente, a través de una ordenanza especial que deberá ser sancionada con el voto afirmativo de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros del Concejo Municipal”, dijo Gastaldi.

De acuerdo a la iniciativa, los convencionales cumplirán sus funciones ad honórem y deberán reunir los mismos requisitos exigidos para ser electo Concejal. Los legisladores agregaron que “serán elegidos de conformidad a la ley electoral de la provincia, por voto directo y con representación proporcional”.

Los autores de la iniciativa explicaron que “las cartas orgánicas deberán asegurar varios aspectos centrales: el sistema representativo y republicano, con elección directa de sus autoridades, y el voto universal, igual, secreto, obligatorio y de extranjeros; la publicidad de los actos de gobierno y el acceso a la información pública municipal por parte de los ciudadanos; un régimen de control de las cuentas públicas; el reconocimiento a las organizaciones vecinales”, entre otras cuestiones, por ejemplo, prever un gobierno conformado por un intendente municipal, elegido directamente por el pueblo y por un período de cuatro años, y un Concejo Municipal, elegido de la misma manera, con representación minoritaria, y renovado bianualmente por mitades”.

Según Gastaldi, esto permitirá dar un salto cualitativo a las municipalidades, como la posibilidad de contar con “un sistema tributario que permita contar al gobierno municipal con recursos financieros suficientes para una eficaz gestión de sus intereses locales, constituido sobre la base de los principios constitucionales de tributación y en armonía con el régimen tributario provincial, interprovincial y federal”, tal cual figura en el proyecto.