El Ministerio de Economía emitió la Resolución 1834, mediante la que se instruye a ARCA a adoptar las medidas necesarias para permitir que los exportadores puedan expresar en dólares sus saldos a favor, de libre disponibilidad, correspondientes a impuestos nacionales que se encuentren vinculados a operaciones de comercio exterior. Para eso ARCA deberá poner en práctica un procedimiento de asignación directa o proporcional, correspondiente a las operaciones vinculadas con el comercio exterior.
Adicionalmente, estos contribuyentes podrán expresar en la misma moneda, los reintegros de exportación, acumulados al 31 de octubre del 2025. Este pedido lo podrán realizar hasta el 1 de marzo del año 2026, cumpliendo los trámites requeridos por ARCA. El cambio de conversión es el tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina.
La mala noticia es que, recién a partir del 1 de enero de 2027, los exportadores podrán solicitar la compensación de esos créditos contra los tributos interiores y aduaneros que recauda la Dirección General de Aduanas dependiente de la ARCA, o, en su defecto, requerir su devolución de los mimos.
De esta manera se postergaría por un poco más de un año este beneficio que tienen vigente los exportadores.
Actualmente ARCA tiene vigente la RG 3962, que permite compensar los saldos a favor de reintegros por exportación, pendiente de pago, contra deudas de otros tributos, incluidos las deudas de la seguridad social.
Con la indicación dada por el Ministerio de Economía, Ahora ARCA deberá emitir una modificación de esa norma postergando ese beneficio que poseen los exportadores actualmente, hasta el año 2027.

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