¿Cuántos millones pueden gastar los partidos políticos en las campañas electorales?

Los tribunales electorales de Nación y Provincia determinaron los límites de gastos para los partidos políticos. Además, ¿cuánto puede aportar una persona o empresa?

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Año impar en Argentina es decir año electoral. Los santafesinos deberemos concurrir a las urnas en cuatro o cinco oportunidades en el segundo semestre. Eso estará sujeto a la posibilidad de que haya o no ballotage en las elecciones nacionales. 

De esta forma, para los cargos provinciales, las PASO se desarrollarán el 16 de julio y las generales el 10 de septiembre. Para los cargos nacionales, las PASO serán el 13 de agosto y el 22 de octubre, las elecciones generales. Pero de haber ballotage, esta instancia será el 19 de noviembre. 

De las elecciones provinciales saldrá el intendente por el período 2023 - 2027; se elegirá un nuevo gobernador; se renovarán 15 de las 28 bancas del Concejo Municipal; la totalidad la Cámara de Diputados provincial (las 50 bancas se repartirán con 28 para el partido con mayor cantidad de votos y las restantes 22 en proporción a los votos obtenidos por los otros partidos); y al senador departamental por el período 2023 - 2027. 

En tanto, en las elecciones nacionales se elegirá al presidente que comandará las riendas del país entre 2023 y 2027 y por Santa Fe, a 10 de los 19 diputados. Es importante señalar que cada dos años se renueva por tercios la Cámara de Senadores. En nuestra provincia estos representantes fueron elegidos en 2021 y cuentan con mandato hasta 2027. 

En cada campaña electoral el punto saliente es el de las alianzas entre distintos partidos, que luego determinan a sus precandidatos y candidatos. Pero es también importante el financiamiento de cada una de las opciones electorales. Publicidad electoral; contratación de encuestas; alquiler de muebles o inmuebles para el funcionamiento de los equipos de campaña o actos proselitistas; financiamiento de equipos, oficinas y servicios; el desplazamiento de los candidatos, dirigentes o propaganda; entre otros. Todo ello está fijado por Ley.

El límite de dinero para gastar por cada partido político está fijado por la Cámara Nacional Electoral, en base a la Ley de Presupuesto que cada año aprueba el Congreso Nacional y la Ley Nº 26.215, de Financiamiento de los Partidos Políticos. 

En ese sentido, el artículo 45 de la mencionada Ley establece: “En las elecciones nacionales, los gastos destinados a la campaña electoral para cada categoría que realice una agrupación política, no podrán superar, la suma resultante al multiplicar el número de electores habilitados, por un (1) módulo electoral de acuerdo al valor establecido en la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional del año respectivo. A efectos de la aplicación de lo dispuesto en este artículo, se considerará que ningún distrito tiene menos de quinientos mil (500.000) electores. El límite de gastos previstos para la segunda vuelta será la mitad de lo previsto para la primera vuelta”. 

Bajo esos preceptos, la Cámara Nacional Electoral fijó en 56,82 pesos el módulo electoral. Por el momento el padrón está establecido al 31 de diciembre de 2022 y se ajustará cuando esté disponible la cantidad de electores habilitados para votar en los comicios nacionales. Con estos datos el límite de gasto para la campaña para presidente es de 3.019.346.730 pesos (1.006.448.910 pesos para las PASO y el doble para las elecciones generales). 

En el caso de haber segunda vuelta, los partidos que participen de esa instancia estarán habilitados a erogar otros 1.006.448.910 pesos. Así el total para esas dos opciones electorales será con un límite de gasto de 4.025.795.640 pesos. 

 

 

Además al votarse diputados y en algunas provincias senadores, cada partido cuenta con un límite para gastar por cada categoría en las provincias. Ese monto se establece en función al padrón de cada distrito. De esta forma en Santa Fe cada partido podrá gastar 80.226.488 pesos para las PASO y el doble para las elecciones generales, que hacen un total de 240.679.463 pesos.

Pero también están fijados los límites de dinero que pueden aportar los privados, ya sean personas jurídicas o humanas. Esta situación está regida por el artículo 44 bis de la Ley Nº 26.215, de Financiamiento de los Partidos Políticos. 

“Las agrupaciones políticas podrán recibir, con motivo de la campaña electoral, un total de recursos privados que no supere el monto equivalente a la diferencia, entre el tope máximo de gastos de campaña fijado por esta ley y el monto del aporte para campaña electoral correspondiente a la agrupación.

Para cada campaña electoral, las agrupaciones políticas no podrán recibir de una misma persona humana o jurídica un monto superior al dos por ciento (2%) de los gastos permitidos para esa campaña.

Con antelación suficiente al inicio de la campaña, la Cámara Nacional Electoral informará a los partidos políticos el límite de aportes privados para campaña permitidos de acuerdo a este artículo, y publicará esa información en el sitio web de la Justicia Nacional Electoral”

De esta forma la Cámara Nacional Electoral indicó que para las PASO el límite de aportes privados en las categorías de distrito único por persona humana o jurídica es de 20.128.978 pesos. En tanto que para las generales es de 40.257.956 pesos. En el caso de haber una segunda vuelta se permitirán otros 20.128.978 pesos.

En el caso de las elecciones para diputados nacionales por Santa Fe, el límite de aportes privados por persona humana o jurídica es de 1.604.530 pesos para las PASO. Ese monto se amplía a 3.209.060 pesos para las generales.

 

 

¿Qué pasa en las elecciones provinciales?

 

El Tribunal Electoral de la Provincia informó que los gastos destinados a la campaña electoral no podrán superar en conjunto la suma que fija el ordenamiento nacional. Esto abarca a los partidos políticos, confederaciones de partidos y alianzas electorales, sus candidatos y cualquier otra persona en su favor. 

De esta forma el límite total de gastos de campaña PASO por categoría para partidos políticos, alianzas y confederaciones es de 80.226.488 pesos. Para las generales, ese límite se duplica y llega a 160.452.975 pesos. 

En tanto el límite individual de aportes para campaña PASO por persona humana o jurídica es de 1.604.530 pesos para las PASO y de 3.209.060 pesos para las generales. Por su parte, el  límite total máximo de aportes para campaña PASO por persona humana o jurídica es igual al tope máximo de gastos de campaña (80.226.488 pesos) menos el monto de aportes que realice el partido para campaña PASO. En el caso de las generales el tope máximo se extiende a 160.452.975 pesos.

Es importante señalar que tanto para las elecciones nacionales como en las provinciales, una persona física o jurídica puede aportar para más de una campaña. 

 

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