Ley de alquileres: los cambios que propone la oposición para los contratos

El Congreso tratará mañana posibles modificaciones a la ley de alquileres sancionada en 2020

     Comentarios
     Comentarios

En el Congreso se discutirán mañana posibles ajustes a la ley de alquileres que se aprobó en 2020. Esta ley, que tuvo un impacto significativo en el mercado inmobiliario de alquileres al imponer contratos mínimos de 3 años y ajustes anuales basados en un "Índice de Contratos de Locación", llevó a una disminución del 60% en la oferta de alquiler de muebles en Buenos Aires y otras ciudades principales, y a aumentos de más del 620% en los precios de alquiler.

Varias organizaciones sectoriales, lideradas por la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), presentaron un pedido hace más de un mes para modificar la ley. Este petitorio recibió el respaldo de la Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos (CEDU), la Asociación Empresarios de la Vivienda (AEV), la Federación Inmobiliaria de la República Argentina (FIRA) y la Fundación de Estudios para Desarrollos Inmobiliarios (FEDI). Su solicitud incluía acortar la duración mínima de los contratos a 2 años y permitir ajustes más frecuentes para evitar la pérdida de valor entre ajustes y reducir valores iniciales excesivos debido a la inflación, que algunos pronosticaban cercana al 200% este año.

El dictamen en minoría, principalmente respaldado por legisladores de Juntos por el Cambio, recibió el apoyo de Graciela Camaño del peronismo federal, aliada a la candidatura presidencial de Juan Schiaretti, y Omar de Marchi, político mendocino que figuró en las listas de Javier Milei.

Las propuestas de modificación incluyen:

1) En alquileres de vivienda, se prohíbe exigir al inquilino pagos anticipados o depósitos de garantía mayores a un mes. El depósito debe ser devuelto como el último mes de alquiler o proporcionalmente si la garantía es menor a un mes. No se puede requerir "valor llave" ni la firma de pagarés u otros documentos no originales del contrato.

2) El contrato mínimo será de 2 años, aunque si no se especifica, el inquilino puede renunciar a este plazo bajo ciertas condiciones.

3) El plazo mínimo no aplica a ciertos alquileres, como contratos diplomáticos o alquiler de unidades amuebladas para turismo u otros fines temporales.

4) El propietario debe encargarse de reparaciones urgentes en 24 horas y reparaciones no urgentes en 10 días. Si no responde, el inquilino puede hacer las reparaciones.

5) El inquilino puede cancelar el contrato antes de 6 meses con aviso. Después de eso, puede hacerlo con un mes de aviso y pagar indemnización de mes y medio. Con aviso de 3 meses, no hay indemnización.

6) Los ajustes al alquiler pueden ser acordados entre partes cada 3-12 meses, utilizando varios índices como el IPC o índices salariales.

7) Todos los contratos deben registrarse ante la AFIP.

Además, se propone incentivar el mercado al eximir del monotributo a propietarios con hasta 3 unidades de explotación, y eximir impuestos a bienes personales y al cheque para alquileres registrados de viviendas.

Comentarios