Resumen Ejecutivo
- La CNV aprobó la Resolución General 1167, reglamentando los Productos de Inversión Colectiva de Fondos de Asistencia Laboral en el mercado de capitales.
- Las empresas administrarán recursos mediante Fondos Comunes de Inversión o Fideicomisos Financieros, bajo esquemas individuales o multiempresa con opción de portabilidad.
- La normativa fija un tope del 1% anual para gastos administrativos, exige la publicación mensual de la Ficha FAL e incluye oferta pública automática.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) dio un nuevo paso para poner en funcionamiento los Productos de Inversión Colectiva de Fondos de Asistencia Laboral (PIC FAL), al aprobar la Resolución General N° 1167, una norma que completa el esquema regulatorio previsto por la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 y el Decreto N° 408/2026.
La reglamentación establece las condiciones bajo las cuales estos recursos podrán administrarse a través del mercado de capitales argentino y define los vehículos disponibles, las reglas de funcionamiento, los mecanismos de asignación y las obligaciones de información.
La medida fue comunicada este miércoles 16 de septiembre por la CNV. Según el organismo, el nuevo esquema busca vincular las necesidades de cobertura del sistema laboral con herramientas de administración, inversión y supervisión propias del mercado de capitales.
Dos vehículos para administrar los fondos
Uno de los principales puntos de la nueva regulación es la creación de dos alternativas para estructurar los PIC FAL.
Las empresas podrán canalizar los recursos mediante Fondos Comunes de Inversión de Asistencia Laboral (FCIA FAL) o Fideicomisos Financieros de Asistencia Laboral (FF FAL).
En ambos casos, la estructura podrá ser de empleador único o multiempresa, lo que permite diferentes esquemas de participación según las características de las compañías involucradas.
La norma también establece reglas específicas para vincular a cada empleador con el vehículo correspondiente a través del ID FAL.
Para aquellas empresas que no ejerzan la opción de elección, la CNV fijó además un mecanismo de asignación de oficio.
La inversión de los recursos queda bajo reglas específicas
La reglamentación también incorpora precisiones sobre la administración y la inversión de los recursos de los PIC FAL.
Estas disposiciones se enmarcan en las pautas establecidas por la Resolución del Ministerio de Economía N° 1276/2026 y buscan definir cómo deberán gestionarse los fondos dentro de los vehículos habilitados.
El punto es relevante para el mercado financiero porque transforma a estos fondos en una nueva estructura regulada para canalizar y administrar recursos dentro del mercado de capitales.
Portabilidad: las empresas podrán cambiar de vehículo
Otro de los elementos centrales de la normativa es la portabilidad.
Las empresas podrán migrar entre distintos vehículos y Entidades Habilitadas. De acuerdo con la CNV, este mecanismo apunta a ampliar las alternativas disponibles para los empleadores y favorecer la competencia entre los distintos participantes del sistema.
La posibilidad de cambiar de vehículo introduce además un elemento de competencia sobre la administración de los fondos, dado que las empresas no quedarían atadas de manera permanente a una única estructura.
La CNV fija un límite para los gastos de administración
La resolución establece también un límite económico concreto: los honorarios y gastos ordinarios de administración de los PIC FAL no podrán superar, en conjunto, el 1% anual del patrimonio del fondo.
El objetivo declarado por el organismo es promover una administración eficiente de los recursos.
Para las empresas, el límite representa uno de los parámetros regulatorios más concretos a la hora de evaluar el costo de los vehículos que administrarán los fondos.
Una nueva ficha mensual para comparar los fondos
La transparencia será otro de los componentes centrales del esquema.
Los vehículos deberán publicar mensualmente una Ficha FAL, que incluirá información sobre el desempeño histórico y la composición de las carteras.
La herramienta permitirá acceder a información periódica y facilitar la comparación entre los distintos instrumentos disponibles en el mercado.
Este punto puede adquirir relevancia a medida que comiencen a operar distintos vehículos, ya que permitirá observar diferencias en composición de cartera, desempeño y costos.
Oferta pública con autorización automática
La CNV también dispuso que los PIC FAL queden incorporados al Régimen de Oferta Pública con autorización automática.
La decisión apunta a establecer un mecanismo regulatorio específico para estos vehículos y agilizar su desarrollo dentro del mercado de capitales.
De esta manera, la nueva normativa no se limita a definir cómo se administrarán los fondos, sino que también establece el marco para su participación dentro de la infraestructura regulada del mercado financiero.
El mercado de capitales suma un nuevo instrumento
Con la Resolución General 1167, la CNV completa el marco normativo necesario para el funcionamiento de los Productos de Inversión Colectiva de Fondos de Asistencia Laboral.
El esquema combina Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros, contempla estructuras individuales o multiempresa, incorpora mecanismos de portabilidad y establece obligaciones de información periódica.
Para las empresas, el nuevo régimen abre distintas alternativas para la administración de los recursos vinculados con la asistencia laboral. Para el mercado de capitales, en tanto, supone la incorporación de un nuevo segmento regulado y de nuevos vehículos destinados a administrar esos recursos.
La CNV destacó que la regulación definitiva incorporó aportes surgidos de una consulta pública y de seis reuniones mantenidas con distintos actores del mercado durante el proceso de elaboración de la norma.

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