Resumen Ejecutivo
- La ARCA prorrogó hasta el 13 de octubre de 2026 la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias 2025 mediante la Resolución General 589/2026.
- El vencimiento del primer anticipo de Ganancias 2026 se mantiene sin cambios para el 24 de septiembre de 2026, requiriendo cálculo mediante papeles de trabajo si falta la DDJJ.
- Un dictamen oficial aclaró que las diferencias surgidas al confeccionar la declaración jurada pueden ingresarse en término, resguardando los beneficios y el tapón fiscal de la Ley 27.799.
Otra prórroga cambia el calendario tributario. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a modificar los plazos para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025 para personas humanas y sucesiones indivisas.
La medida fue establecida mediante la Resolución General 589/2026, publicada este lunes 21 de septiembre en el Boletín Oficial.
Ganancias: hasta cuándo hay tiempo para presentar la declaración
La nueva fecha límite para presentar la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025 será el martes 13 de octubre de 2026, inclusive.
De esta manera, ARCA vuelve a extender un calendario que ya había sido modificado durante el año y otorga más tiempo para completar la liquidación y presentación de la obligación tributaria.
El cambio alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en el régimen correspondiente.
Ojo: el anticipo de Ganancias 2026 mantiene otra fecha
La prórroga de la declaración jurada no modifica el vencimiento del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026.
Según el nuevo esquema, ese anticipo mantiene como fecha límite el jueves 24 de septiembre de 2026.
La normativa también contempla qué deberán hacer los contribuyentes cuando el importe del anticipo no aparezca disponible en el sistema de Cuentas Tributarias debido a que todavía no fue presentada la declaración jurada de Ganancias correspondiente a 2025.
En esos casos, deberán determinar e ingresar la obligación sobre la base del cálculo que surja de los datos consignados en sus respectivos papeles de trabajo.
¿Qué pasa si ya pagué Ganancias y aparece una diferencia?
Uno de los puntos que generó dudas durante el proceso fue el desdoblamiento entre la fecha de pago y la presentación de la declaración jurada.
En particular, el esquema establecido para 2025 contempló inicialmente el pago del saldo para el 27 de julio, mientras que la presentación de la declaración jurada tenía posteriormente su propio vencimiento.
Un dictamen conjunto de la Dirección Nacional de Impuestos y la Dirección General de Impuestos aclaró el alcance del denominado “pago en término” para los contribuyentes alcanzados por el Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
El criterio establece que, si el impuesto estimado fue abonado en el plazo inicial y posteriormente surge una diferencia al confeccionar la declaración jurada, esa diferencia puede ser ingresada dentro del plazo correspondiente sin perder los efectos previstos por la normativa.
El punto clave para los contribuyentes
La aclaración resulta relevante porque está vinculada con los beneficios previstos por la Ley 27.799, entre ellos el efecto liberatorio del pago y la presunción de exactitud o denominado “tapón fiscal” para los períodos alcanzados por el régimen.
El dictamen buscó despejar las dudas que habían surgido por el particular esquema de vencimientos dispuesto para el período fiscal 2025.
El nuevo calendario de Ganancias 2025
Con la nueva modificación, el dato central para los contribuyentes es:
* Declaración jurada Ganancias 2025: hasta el 13 de octubre de 2026, inclusive.
* Primer anticipo Ganancias 2026: mantiene el vencimiento del 24 de septiembre de 2026.
* Diferencias de impuesto: deberán ser ingresadas conforme al esquema y condiciones establecidos por la normativa vigente.
La nueva prórroga vuelve a modificar el calendario de cumplimiento de Ganancias y obliga a contribuyentes y profesionales a revisar las fechas antes de realizar las presentaciones correspondientes.
Nueva modificación que impacta en el calendario tributario
La sucesión de cambios durante 2026 convirtió al cronograma de Ganancias 2025 en un calendario particularmente dinámico. Por eso, para quienes todavía tienen pendiente la presentación, la fecha que ahora debe quedar marcada es el 13 de octubre.

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