El portal de datos abiertos del Concejo Municipal de Rosario (CMR) se creó en 2017 como parte del Plan de Concejo Transparente y representa una sección del sitio institucional del cuerpo legislativo. Desde su puesta en funciones hace dos años la información que produce es reducida y desconectada cronológicamente.

La falta de criterio temporal para la carga de información pública—al menos en este caso puntual—dificulta el ejercicio de contralor de la sociedad y la prensa local debido a los vacíos que se generan entre datasets relacionados. Esto obliga tanto al ciudadano como al periodista a tener que realizar un pedido de acceso a la información pública para poder rellenar los huecos que genera la falta de datos.

Antes de continuar deberíamos definir qué son los datasets. En principio su traducción literal es: conjunto de datos. Y una definición simple sería que son una forma digital de agrupar, almacenar y distribuir información que produce, en este caso, el Estado municipal, sus instituciones y dependencias a lo largo del tiempo. Un formato archiconocido de almacenar información que luego puede devenir en dataset es .Excel de Microsoft o archivos CSV (valores separados por coma). 

Los datasets son de fácil actualización y poseen una capacidad casi ilimitada de almacenamiento. Esto hace que algunos archivos sean demasiado extensos para un abordaje humano tradicional. La naturaleza digital de los conjuntos de datos permite que se les pueda aplicar software de análisis estadístico y visualización. Analizar información asistidos por computadoras permite encontrar patrones y variables que de otra forma nos sería muy difícil o directamente imposible.

El portal de datos del CMR posee un número elevado de datasets que no respetan un orden cronológico y esto produce huecos análiticos. Hay grupos que están actualizados a febrero y septiembre de 2019 y otros que alcanzan algunos meses de 2016 y la totalidad de 2017. El año 2018 al parecer no existió para el portal pese a que la información se produjo y está almacenada. Esta discontinuidad de los datos publicados imposibilita un abordaje justo y equilibrado del accionar legislativo en todas sus facetas.

La falta de modernización de la Ordenanza 2749/2001—incluida su modificación del año 2005— impide un proceso eficiente y simple a la hora de ejercer el derecho de acceso a la información pública. Un cambio en la regulación actual podría obligar al Estado local a crear una instancia web para su solicitud y dotarla de estándares de respuesta para la devolución de información en formato digital. Los que a su vez respeten la normas internacionales de transparencia gubernamental. 

La legislación vigente—en particular la Ordenanza 9279/2014 (Programa "Open Data Rosario") que vino a intentar subsanar las deficiencias de la 2749/2001—es muy difusa respecto de formatos y estándares y no establece una instancia digital para el pedido específico de información pública. Las personas solo podemos acceder a los dataset que eligen producir y listar sitios como los del Concejo o el portal de datos del Ejecutivo municipal

Si lo que se busca no está disponible se debe realizar el pedido bajo los parámetros analógicos que establece el artículo 7 de la ordenanza de modificación 7827/2005: “El requerimiento de información deberá ser presentado mediante formulario suscripto por el requirente y suministrado gratuitamente por la Municipalidad, ante la dependencia que tiene conocimiento de la información solicitada”. Traducido: hay que utilizar papel y acercarse físicamente primero a la Municipalidad y luego a la dependencia que tenga la información pretendida (y esperar).

En ningún artículo de las ordenanzas que regulan el acceso a la información pública se aclara en qué tipo de formato debe ser entregada la información requerida por el ciudadano. Por lo que asumimos que el criterio queda a la libre interpretación de la dependencia o el funcionario a cargo. 

Tanto Nación como la provincia de Santa Fe saldaron estas deficiencias con una ley nacional y un decreto donde se detallan los criterios descritos y se ofrecen soluciones prácticas para el siglo 21. En ambos casos existe una plataforma digital que simplifica el pedido de información oficial y facilita el seguimiento y su obtención—aunque a veces la misma se ofrezca en formato papel—.

A la falta de una instancia digital para el envío y devolución de pedidos de acceso a la información se suma el factor humano. Si bien es necesario actualizar ordenanzas, nada de lo que se haga en materia legal tendrá efecto si no se instala entre funcionarios y trabajadores municipales, en primera instancia, y luego entre periodistas y sociedad en general, una verdadera cultura sobre rendición de cuentas que abarque datos y gobierno abiertos. 

Otra falla es legislar sin crear instancias gubernamentales con personal capacitado y financiación acorde para el acopio y construcción de la información que produce el municipio. Eso, sin el proceso de solicitud de información pública vía digital, recepción, seguimiento y entrega de dichos pedidos, transforma todo el marco normativo en una inversión de energía y recursos que se queda a mitad de camino.