AFIP prorroga la moratoria del alivio fiscal: nuevos plazos y requisitos

La medida abarca a grandes empresas, así como también la condonación para clubes de barrio y deudas de hasta $100 mil de monotributistas y pequeños contribuyentes

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogará la moratoria del alivio fiscal para empresas grandes, así como también la condonación para clubes de barrio y deudas de hasta $100 mil de monotributistas y pequeños contribuyentes.

La prórroga regirá hasta el 29 de abril próximo, liberando de multas e intereses por mora, así como de las consecuencias penales, en deudas impositivas, de la seguridad social y aduaneras.

Las deudas que AFIP excluye de la moratoria y las dudas

La AFIP excluye de la moratoria a los aportes previsionales y contribuciones a las obras sociales lo que impide que los monotributistas regularicen la totalidad de su deuda. En cuanto a la condonación de intereses y multas, cabe aclarar que fue condicionada por la AFIP al cumplimiento de la presentación de declaraciones informativas.

Es por eso que algunos contadores cuestionan que se demore o impida artificialmente la regularización de la cuenta corriente tributaria, sobre todo para aquellos contribuyentes que no tienen deudas para adherir a la moratoria y solamente tienen intereses condonados y multas condonadas en la cuenta corriente.

Tampoco resulta claro si se mantienen las prohibiciones de operaciones en el mercado bursátil y cambiario que imponía a los grandes contribuyentes la anterior moratoria.

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