El Gobierno puso fin a la cuota sindical que beneficiaba a los grandes gremios

Gremios con personería no podrán exigirle a empleadores la retención de cuota sindical. Qué implicancias trae para los sindicatos alternativos y empresas

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El Ministerio de Trabajo de la Nación dejó sin efecto la prohibición dispuesta por la gestión de Jorge Triaca en 2018 de recaudar la cuota sindical a través de débitos bancarios a gremios con simple inscripción. Esto implica que gremios con personería no podrán exigirle a empleadores la retención de esta cuota.

Esta situación se definió durante un conflicto paritario en 2018 entre los Metrodelegados y Metrovías. Según Iprofesional, en aquel momento, Triaca le ordenó al Banco Central que prohibiera a todas las entidades bancarias la realización del débito directo o indirecto de toda suma en concepto de aporte sindical. 

Se trataba de una decisión que bloqueaba una fuente de ingresos muy importante para los gremios menos tradicionales y abría una buena sintonía con la cúpula de la CGT.

"Esta disposición nos impidió cobrar la cuota sindical durante el mes de junio de 2018, ocasionando un perjuicio económico a nuestra organización que, en parte, fue amortizado por la decisión de cobrar la cuota en mano, en los lugares de trabajo", sostuvieron los Metroedelegados en una comunicación firmada por Roberto Pianelli y Néstor Segovia.

En aquel momento, el gremio presentó un recurso de amparo contra esta decisión administrativa, una denuncia en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos e inició acciones legales por amenazas e incumplimiento de deberes de funcionario público contra Lucas Fernández Aparicio y Saglia Zamudio.

El tema escaló hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que se pronunció en marzo de este año. El máximo tribunal de Justicia dejó firme un fallo de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y confirmó que "el artículo 38 de la ley 23.551 (Ley de Asociaciones Sindicales), en cuanto excluye en forma arbitraria a las asociaciones simplemente inscriptas del régimen de retención de aportes a sus afiliados, lesiona la libertad sindical, en su faz individual y colectiva, por lo que resulta inconstitucional".

La decisión se tomó en los autos "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Asociación del Personal Superior de Autopistas e Infraestructura APSAI c/ Autopistas del Sol S.A. s/ acción de amparo".

El Ministerio de Trabajo sustenta este antescedente jurídico para reponer la chance a los gremios alternativos a los históricos cegetistas de tener la misma capacidad de financiamiento que sus competidores. Ta como destaca el medio, dejarán de tener que ir afiliado por afiliado para robustecer su caja con transferencias particulares.

Desde hace años, la CTA denuncia sistemáticamente el artículo 38 de la Ley de Asociaciones Sindicales en los encuentros de la OIT. La central obrera, alternativa a la CGT, lo consideraba violatorio del Convenio 87 de la organización internacional y que, en consecuencia, atenta contra la libertad sindical en el país.

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