Extendieron el Repro II para sueldos de enero: cómo pedirlo

La ayuda será de hasta $22.000 si se cumplen ciertos requisitos. Cuáles son los sectores alcanzados

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El Gobierno extendió el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) por un mes más, con el fin de asistir a empresas afectadas por la pandemia. La ayuda será de hasta $22.000, correspondientes a los salarios de los trabajadores del mes de enero.

Las empresas que quieran solicitar el subsidio tendrán plazo para hacerlo entre el 24 y el 30 de enero, y se aclaró que el monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:

Sectores afectados no críticos: 70% de la remuneración neta (el 83% de la remuneración total declarada en el F.931) hasta un máximo de $9.000.

Sectores críticos y salud: 70% de la remuneración neta (el 83% de la remuneración total declarada en el F.931) hasta un máximo de $22.000.

Cómo pedir el Repro II de enero 2022

El empleador debe tener los datos actualizados de sus trabajadores en el portal Simplificación Registral de AFIP, en especial las claves bancarias uniformes (CBU) de las cuentas donde les será otorgado el beneficio. La falta de información o error en los datos de los trabajadores, ocasionará la cancelación del pago a los mismos.

El beneficio del programa se extenderá por un mes, lo que implica que los empleadores deberán inscribirse en el programa de forma mensual para poder acceder al mismo. La actualización de los CBU en las bases de datos será hasta 72 hs previas a la inscripción de cada mes.

Requisitos para acceder al Repro II de diciembre 2021

En cuanto a los requisitos para acceder al Repro II correspondiente a diciembre de 2021, se informó que como criterio general, se tomará la facturación registrada en noviembre de 2019 y el mismo mes de 2021. Esa diferencia se mantuvo en 30% en términos reales, pero se redujo al 43,8% nominal, inferior al 46,2% de la resolución previa, debido a una baja en la inflación bianual.

Ese mismo período de comparación se utilizará en el sector de la salud, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales, y como máximo un aumento de 105,3% en términos nominales, 3,5 puntos porcentuales menos que en noviembre.

En cuanto a la variación porcentual del IVA compras, se mantuvo el tope de 67% para los sectores críticos y afectados no críticos y del 108,8% para el sector salud, ya establecidos para los salarios de noviembre. Asimismo, se mantuvieron otros parámetros como una caída mayor al 0% en la variación del cociente entre el costo laboral y la facturación, endeudamiento (mayor a 0,6), liquidez (2,5) y variación del consumo de energía eléctrica y gasífera (menor a 0%).

Respecto de la variación de las importaciones, debe ser de una caída de 20% como mínimo para empresas de menos de 800 de trabajadores, y de 30% para el resto, pero de 0% para las de salud, al igual que en la resolución anterior.

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