El periodo de inscripción al Programa Repro II para los salarios devengados durante junio fue prorrogado, y ahora rige entre el 25 de junio y el 1° de julio inclusive, según lo informó el Ministerio de Trabajo a través de la Resolución 344/2021.
��️ Desde el 25 de junio hasta el 01 de Julio podrán inscribirse al Programa REPRO 2 las y los empleadores en situación de crisis y los monotributistas y autónomos �������� pic.twitter.com/64YxP7uWkp
— Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (@MinTrabajoAR) June 22, 2021
Las empresas que quieran inscribirse deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: mayo de 2019 y mayo de 2021.
- Altas empresas: no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.
- Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: mayo 2021.
- Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de junio inclusive.
- Corte de actualización CBU: 22 de junio inclusive.
En cuanto al plazo de la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos correspondiente al mes de junio de 2021, se establece como tal el cual comprendido entre el 25 de junio y el 1° de julio de 2021.
Cabe recordar que el Repro II consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al programa.

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