Nuevo régimen fiscal para Bienes Personales: Una oportunidad para consolidar y ahorrar

¿Conviene adherir al nuevo Régimen de Bienes Personales? Acá todo lo que debes saber al respecto

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La reciente reglamentación del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) por parte de la AFIP representa una oportunidad importante para los contribuyentes, especialmente aquellos con un patrimonio significativo. Este régimen, establecido bajo la ley 27.743, brinda un marco voluntario para consolidar el pago de bienes personales, abarcando varios períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027.

La naturaleza voluntaria del REIBP permite a los contribuyentes decidir si desean adherirse y beneficiarse de las condiciones especiales que ofrece. Esto incluye una estabilidad fiscal prolongada hasta el 2038, lo cual es sumamente atractivo para quienes buscan previsibilidad en la carga impositiva sobre su patrimonio. Al adherirse, los contribuyentes podrán evitar las obligaciones fiscales regulares, como anticipos y declaraciones juradas, durante la vigencia del régimen.

Un aspecto clave del REIBP es que los incrementos patrimoniales que ocurran durante la vigencia del régimen no generarán impuestos adicionales en el marco del impuesto sobre los bienes personales, salvo algunas excepciones como donaciones y liberalidades. Esto podría traducirse en un ahorro significativo y en una simplificación administrativa, lo que se convierte en un atractivo fundamental para empresarios y profesionales que gestionan grandes volúmenes de activos.

La adhesión al REIBP exige que los contribuyentes incluyan la totalidad de su patrimonio en el régimen, manteniendo actualizada su información fiscal y cumpliendo con requisitos como poseer un CUIT o CUIL y un domicilio fiscal electrónico registrado. En el caso de los no residentes, es obligatorio designar un representante en Argentina, lo que refuerza la necesidad de una planificación fiscal adecuada.

Los contribuyentes que no hayan ingresado al Régimen de Regularización de Activos podrán beneficiarse de una alícuota del 0,45% sobre su patrimonio, aplicable a los períodos fiscales comprendidos entre 2023 y 2027. Por otro lado, aquellos que sí hayan regularizado sus activos deberán tributar una alícuota del 0,50% para los períodos fiscales de 2024 a 2027. Esta diferenciación subraya la importancia de haber regularizado o no los activos previamente y puede influir en la decisión de los contribuyentes respecto a su adhesión al REIBP.

El plazo para manifestar la adhesión varía según el caso. Para los no regularizados, el proceso comenzó el 8 de agosto de 2024 y se extiende hasta el vencimiento del plazo general de presentación de la declaración jurada de Bienes Personales del período fiscal 2023. En cambio, para los contribuyentes que hayan regularizado sus activos, el plazo inicia el 7 de octubre de 2024 y se prolonga hasta la fecha límite de la etapa 3 del Régimen de Regularización. En ambos casos, es necesario realizar un pago a cuenta que no puede ser inferior al 75% del impuesto a determinar, lo que representa un compromiso financiero inicial significativo.

Este nuevo régimen, aunque complejo, ofrece ventajas fiscales tangibles para aquellos que opten por adherirse, proporcionando un marco de estabilidad y previsibilidad que podría ser determinante para la planificación patrimonial a largo plazo. Sin embargo, es fundamental que cada contribuyente analice en profundidad su situación particular y, de ser necesario, consulte con un asesor fiscal para tomar una decisión informada.

Ejemplo Práctico

Situación inicial: Martín, un empresario de Rosario, tiene un patrimonio declarado de USD 300.000. Este patrimonio incluye un inmueble, inversiones financieras y una participación en una pequeña empresa local. Hasta ahora, Martín no ha regularizado sus activos, lo que lo hace elegible para tributar a una alícuota del 0,45% sobre su patrimonio bajo el nuevo REIBP, en lugar de enfrentar una tasa que podría incrementarse en el futuro.

Decisión de adhesión al REIBP: Martín decide adherirse al régimen y realiza un pago a cuenta del 75% del impuesto correspondiente para 2024, que sería de USD 1.012,50 (0,45% de USD 300.000 = USD 1.350; 75% de USD 1.350 = USD 1.012,50).

Beneficios obtenidos:

Estabilidad fiscal: Martín asegura que su tasa de impuestos sobre bienes personales se mantendrá en 0,45% hasta 2027, evitando posibles aumentos futuros.

Ahorro fiscal: Si su patrimonio crece a USD 400.000 en los próximos años, gracias al REIBP seguirá pagando sobre la base original de USD 300.000, lo que le permite ahorrar USD 450 anuales (0,45% sobre USD 100.000 de crecimiento no gravado).

Simplificación administrativa: Evita tener que presentar declaraciones juradas y realizar anticipos de impuestos hasta 2027, reduciendo su carga administrativa.

Este enfoque breve y numérico muestra cómo el REIBP puede ser una herramienta estratégica para empresarios como Martín, ofreciendo estabilidad fiscal y un ahorro significativo en un contexto de posibles cambios legislativos.

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