Operaciones con criptomonedas deberán pagar Impuesto al Cheque

El Gobierno incrementó los controles y obligaciones tributarias a quienes realicen transacciones con monedas digitales

     Comentarios
     Comentarios

El Gobierno sigue apretando cada vez los controles y ahora las operaciones con criptomonedas deberán pagar el impuesto al cheque, según lo establece el Decreto 796/2001 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

La medida se enmarca en el esquema de funcionamiento diagramado por el Banco Central en octubre del año pasado para extender las transferencias electrónicas, y cuya primera fase debía estar completamente operativa el 7 de diciembre de 2020. El resto de las instancias debía estar completo para el 29 de noviembre de este año.

A partir de ello, se adecuó la normativa relativa al “tratamiento impositivo de los nuevos actores y roles", además de actualizarse y armonizarse “las exenciones para las cuentas de empresas que brindan el servicio de procesamiento y liquidación de pagos de terceros a través de diversos medios electrónicos, ya sea presencial como no presencial, tanto para el cobro de impuestos y servicios públicos, como de bienes y servicios".

Por otro lado, se definió limitar las exenciones vigentes en el caso de intervenir determinados instrumentos, tales como monedas digitales o similares. "Las exenciones previstas en este decreto y en otras normas de similar naturaleza no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares", se aclaró.

La resolución tiene que ver con que Argentina se convirtió en uno de los principales países en cantidad de operaciones con criptomonedas, y esto tiene que ver con la búsqueda de alternativas para escapar al férreo súper cepo cambiario y a la altísima inflación. Actualmente, hay más de 2 millones de cuentas abiertas en el país.

Impuestos que deben pagar las criptomonedas

Personas físicas:

- Comisiones generadas por compra y venta de criptomonedas (21%-IVA).

- Ganancias vinculadas a la diferencia entre compra y venta:

- Bienes personales si en conjunto con otros activos, superan el mínimo no imponible.

Para las exchanges:

- Por prestación de servicio están alcanzadas por el Impuesto al Valor Agregado y Ganancias

Comentarios