Vicentín: Los ejecutivos imputados no irán a prisión preventiva 

El juez Román Lanzón decidió que deberán dejar en garantía una caución de 10 millones de dólares

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El juez Roman Lanzón rechazó este jueves el pedido del fiscal Moreno de dictar la prisión preventiva de los ejecutivos de Vicentín Omar Scarel, Roberto Gazze, Alberto Macua, Miguel Vallaza y Javier Gazze que estaban al mando en 2019 cuando la empresa defaultéo.

También rechazó el pedido de uso de tobillera electrónica y la prohibición de abandonar el país para el presidente de la firma en el momento de la cesación de pagos, Daniel Buyatti. En paralelo, les pidió que fijen un seguro de caución de 10 millones de dólares, un 50% más alto, del que habian ofrecido. Ademas, definió que los 14 ex ejecutivos imputados por estafa no puedan salir del país. Así, sin prisión efectiva y con reglas de conducta el fallo imputa a los directivos de la firma.

Este jueves se retomó la audiencia imputativa, que arrancó el martes, en el Centro de Justicia Penal cuando Moreno imputó a los 14 ejecutivos. Este jueves la audiencia se retomó con la exposición de la defensa de los ejecutivos a cargo del abogado Jorge Ilharrescondo. 

De esta manera la audciencia imputativa en relación a la causa Vicentín, terminó con el siguiente fallo, según lo comunicó el Ministerio Público de Acusación:

En el día de la fecha jueves 28 de octubre de 2021 concluyó la audiencia imputativa que comenzó martes 26 de octubre de 2021 en relación a causa Vicentín, siendo que en el día de la fecha se trataron las medidas cautelares y el día 26/10/21 se trataron las imputaciones.

Los Fiscales Dres. Miguel Moreno y Sebastián Narvaja de la Unidad de Delitos Económicos y Complejos les atribuyeron:

*En relación a denuncia de bancos internacionales: 

Se imputa a Daniel Nestor B., Alberto Julián M., Roberto Alejandro G., Máximo Javier P., Cristián Andrés P., Martín Sebastián C., Sergio Roberto V., Pedro Germán V., Roberto Oscar V., Yanina C. B., Raúl G.A. y Omar Adolfo S., Javier G., Alberto Julian M., y Miguel V. el delito de Balance falso en concurso real con el delito de Estafa, 6 hechos en concurso real.

Los imputados que se mencionarán formaron parte del directorio y de la comisión fiscalizadora hasta el 15/10/2020 en que presentaron su renuncia. Daniel Nestor B. (presidente), Alberto Julián M. (vicepresidente), Roberto Alejandro G., Máximo Javier P., Cristián Andrés P., Martín Sebastián C., Sergio Roberto V., Pedro Germán V., Roberto Oscar V.y Yanina C. B., en su carácter de directores titulares de Vicentín SAIC y a los síndicos de dicha firma, Raul G.A. y Omar Adolfo S., se les atribuye haber confeccionado, aprobado y utilizado los balances anuales con cierre a octubre de 2017 y octubre 2018 que contenían información financiera falsa consistente en ocultar el verdadero pasivo de la empresa.

Como así también haber confeccionado y presentado ante los Bancos Internacionales, que luego se detallarán, informes trimestrales correspondientes a los períodos enero 2017, abril 2017, julio 2017, enero 2018, abril 2018, julio 2018, enero 2019, abril 2019 y julio 2019 firmados por Roberto Alejandro G. y certificados de compliance con información financiera consistente en ocultar el verdadero pasivo de la empresas, firmados por Javier G., Yanina C. B., Alberto Julian M. y Miguel V., los que exhibían una aparente sólida situación patrimonial de la empresa Vicentín SAIC, con el fin de ocultar su realidad económica financiera, engañar a las entidades financieras y así, provocaron bajo error disposiciones patrimoniales que superan los USD 500 millones de dólares en virtud de líneas de créditos acordada. 

Los Bancos internacionales denunciantes: International Finance Corporation, una organización internacional con domicilio en la Avenida Pennsylvania 2121, Washington, D.C., Estados Unidos de América, en adelante “IFC”; Nederlandse Financierings-Maatschappij voor Ontwikkelingslanden N.V., una sociedad con domicilio en Anna Van Saksenlaan 71, 2593 HW, La Haya, Holanda, en adelante “FMO”; I.N.G. Bank una sociedad con domicilio real en Bijlmerdreef 106, 1102 MG, Ámsterdam, Países Bajos, en adelante “ING”; Natixis New York Branch, con domicilio Avenida de las Américas 1251, Nueva York, Estados Unidos de América, en adelante “Natixis” y Coöperatieve Rabobank U.A., una sociedad con domicilio en Croeselaan 18, 3521 CB Utrecht, Países Bajos, en adelante “Rabobank”. 

*En relación a estafa a productores 

Se imputa a Daniel Nestor B., Alberto Julián M., Roberto Alejandro G., Máximo Javier P., Cristián Andrés P., Martín Sebastián C.o, Sergio Roberto V., Pedro Germán V., Roberto Oscar V., Yanina C.B.; el delito de Estafa, 5 hechos en concurso real, en carácter de coautores.

A Robertino B. por su parte se le imputa el delito de Estafa, en carácter de coautor.

La maniobra atribuída era la de realizar una puesta en escena de empresa solvente y confiable, siendo exitoso a la hora de generar confianza en los productores, vendedores de granos, acopios, cooperativas y corredores, quienes engañados, entregaron toneladas de granos a Vicentín bajo la modalidad de contratos con precio a fijar, con el pleno conocimiento de los directores y síndicos de la imposibilidad de cumplir las obligaciones asumidas. Abusando de la confianza que generaba la aparente solidez financiera de la empresa y de las relaciones comerciales que Vicentín supo construir a lo largo de décadas, se atribuye haber llevado a cabo una política de captación de granos a través de la celebración de contratos bajo la modalidad “con precio a fijar” con las entidades agropecuarias Cuatro Hojas S.A, Olzen Industria y Comercio de Calzados S.A., Maniagro S.A., La Clementina S.A., Commodities S.A, a sabiendas de la imposibilidad de afrontar los pagos futuros. Dicha captación fue motivada por Vicentín mediante el ofrecimiento de mejores precios que la competencia y de plazos muy superiores para fijar precio, 

*En relación a créditos de Banco Macro 

Se imputa a Daniel Nestor B., Alberto Julián M., Roberto Alejandro G., Máximo Javier P., Cristián Andrés P., Martín Sebastián C, Sergio Roberto V., Pedro Germán V., Roberto Oscar V., Yanina C. B.; el delito de Estafa, en carácter de coautores. Por su parte a Raul G. A. y Omar Adolfo S., en carácter de partícipes necesarios.

Vicentín solicitó una asistencia crediticia, un acuerdo en cuenta corriente por la suma de $280.000.000 (Doscientos Ochenta Millones de pesos). Asimismo, en forma posterior, con fecha 30 de septiembre de 2019, nuevamente bajo la modalidad de acuerdo en cuenta corriente, solicitó otro crédito por la suma de $228.000.000 (Doscientos Veintiocho Millones de peso). Es decir, Vicentín comenzó a operar la cuenta corriente, girando contra los acuerdos otorgados, por la suma total de $508.000.000 (Quinientos Ocho Millones de pesos). A poco más de dos meses de la solicitud de los créditos, Vicentín declaró su estrés financiero y con fecha 10 de febrero de 2020, a tan sólo cinco meses de tomar las asistencias crediticias en el Banco Macro, Vicentin se presentó en concurso preventivo de acreedores.

A los fines de obtener las asistencias crediticias la empresa adjuntó los estados contables cerrados al 31 de octubre de 2018, que aparentaban una situación superavitaria y con solvencia económica. Las maniobras de los directores de Vicentín era la de entregar documentación con información contable falsa, ocultando la realidad económica de la empresa, repitiendo nuevamente con el fin de obtener asistencia crediticia bajo engaño, a sabiendas de que no iba a ser posible cumplir con los compromisos asumidos dada la real situación económica y financiera. 

*En relación a retención indebida de tributos 

Se le imputa a Daniel Nestor B. el delito de Apropiación indebida de tributos, Regimen Penal Tributario, Titulo IX, Ley 27.430, Art. 4; en calidad de autor.

Se atribuye al señor Daniel Nestor B., en su carácter de Presidente del Directorio de Vicentin S.A.I.C y Agente de retención/percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, no haber depositado dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos de vencido el plazo de ingreso, y como correlato, haberse apropiado, del tributo retenido y/o percibido en concepto del mencionado impuesto, por los periodos de “Noviembre 2019-Quincena 22”, por la la suma de $15.062.684,25, cuyo vencimiento operó el día 10/12/2019; y “Diciembre 2019-Quincena 23”, por la suma de $18.821.205,54, cuyo vencimiento operó el dia 26/12/2019.

La Fiscalía solicitó la prisión preventiva efectiva para Omar Adolfo S., Roberto Alejandro G., Alberto Julián M., Miguel V., Javier G.; además pidió la morigeración a prisión domiciliaria para Daniel Nestor B.; mientras que para el resto de los imputados Máximo Javier P., Cristián Andrés P., Martín Sebastián C., Sergio Roberto V., Pedro Germán V., Roberto Oscar V., Yanina C. B., Raúl G.A. se requirieron reglas de conducta. 

El Juez de Primera Instancia Dr. Lanzón tuvo por formalizada la audiencia imputativa y dictó la alternativa a la prisión preventiva efectiva, disponiendo para los 14 imputados, el cumplimiento de reglas de conducta: a) fijar domicilio, b) prohibición de salida del país quienes deberán entregar a Fiscalía sus pasaportes en caso de poseerlos. Además se fijó una caución de U$D 10 millones de dólares para Omar Adolfo S., Alberto Julián M., Daniel Nestor B., Roberto Alejandro G., Miguel V. y Javier G.

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